Un cliente del rubro gastronómico me mandó hace poco un mensaje corto: "Mi cocinero se quedó tres horas de más el viernes y dos el sábado a la noche. ¿Cuánto le tengo que poner en el recibo?". La duda es la misma en casi todas las PyMEs: todos saben que la hora extra "se paga más", pero pocos saben cuánto más, sobre qué base y desde qué hora corre cada recargo. Acá te explico cómo se calculan las horas extras en Argentina al 2026, con la normativa real, la fórmula del valor hora y un ejemplo numérico paso a paso para que lo liquides sin adivinar.


Qué se considera hora extra según la ley argentina

La jornada legal en Argentina es de 8 horas diarias o 48 semanales, fijada por la Ley 11.544 de jornada de trabajo. Toda hora trabajada por encima de ese límite es una hora suplementaria, el nombre técnico de lo que todos llamamos hora extra.

El art. 201 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT 20.744) es el que manda. Dice dos cosas concretas:

  • El empleador que ocupe trabajadores en horas suplementarias debe abonar un recargo sobre el salario habitual.
  • Ese recargo es del 50% en días comunes y del 100% en sábados después de las 13, domingos y feriados.

Hay un detalle que muchos pasan por alto: el sábado a la mañana hasta las 13 todavía cuenta como día común. Recién pasada esa hora el sábado entra en la franja del 100%. Lo mismo aplica para horas trabajadas en feriados nacionales, que se pagan al doble aunque sean dentro de la jornada normal de ese día.

También importa la franja horaria. La jornada nocturna —de 21 a 6— tiene un tope de 7 horas. Si se mezcla trabajo diurno y nocturno, cada hora de noche equivale a 8 minutos extra de jornada. Es un cálculo aparte del recargo, pero conviene tenerlo presente porque incide en cuándo empieza a correr la hora suplementaria.

La fórmula del valor hora extra

Para calcular una hora extra primero necesitás el valor de la hora normal. Esa es la base de todo y donde más se equivocan las liquidaciones.

El valor hora normal sale de dividir el sueldo del mes por la cantidad de horas trabajadas en ese mes:

Valor hora normal = Sueldo mensual ÷ Horas mensuales

Horas mensuales = 8 horas/día × 6 días/semana × 4,33 semanas ≈ 200 horas
(o el divisor del CCT aplicable, que suele rondar las 200 hs)

Con el valor hora normal ya calculado, la hora extra se obtiene aplicando el recargo:

Hora extra al 50%  = Valor hora normal × 1,5
Hora extra al 100% = Valor hora normal × 2

Dos aclaraciones que evitan errores. Primero: el divisor de horas mensuales suele estar fijado por el convenio colectivo (CCT) de la actividad —gastronómicos, comercio, construcción tienen el suyo—. Si el convenio fija un divisor distinto, manda el convenio. Segundo: la base de cálculo es el salario "habitual", o sea que incluye los adicionales remunerativos fijos (antigüedad, presentismo si es remunerativo), no solo el básico de convenio.

Ejemplo numérico paso a paso

Tomemos un caso concreto. Empleada de comercio, sueldo mensual de $900.000, que en el mes hizo:

  • 6 horas extras un martes y un jueves (días comunes).
  • 4 horas extras un sábado entre las 15 y las 19 (después de las 13).

El cálculo, paso a paso:

1) Valor hora normal
   $900.000 ÷ 200 hs = $4.500 por hora

2) Horas extras al 50% (las 6 de días comunes)
   Valor hora extra 50% = $4.500 × 1,5 = $6.750
   Total = $6.750 × 6 hs = $40.500

3) Horas extras al 100% (las 4 del sábado tarde)
   Valor hora extra 100% = $4.500 × 2 = $9.000
   Total = $9.000 × 4 hs = $36.000

4) Total a pagar por horas extras en el recibo
   $40.500 + $36.000 = $76.500

Esos $76.500 van como un rubro remunerativo separado en el recibo de sueldo, identificado como "horas extras al 50%" y "horas extras al 100%". No se mezclan con el sueldo básico, porque deben verse claros y porque inciden en el aguinaldo y en una eventual indemnización.

Cuántas horas extras se pueden hacer: el tope legal

Las horas extras no son ilimitadas. El Decreto 484/2000 fijó un tope: 30 horas extras mensuales y 200 anuales sin necesidad de autorización administrativa previa. Por encima de ese número se necesita autorización del Ministerio de Capital Humano.

Es un punto que conviene mirar de cerca. Si una PyME tiene a un empleado haciendo 50 horas extras todos los meses, no tiene un problema de liquidación: tiene un problema de dotación. Esa cuenta sale más cara que contratar a alguien más, y además expone a la empresa ante una inspección. La hora extra es para picos, no para tapar una falta estructural de personal.

Otra cosa: salvo pacto en contrario, el trabajador no está obligado a hacer horas extras. Puede negarse, salvo casos de peligro o fuerza mayor. Y aunque el empleado las acepte de palabra, si después no figuran liquidadas en el recibo, son un pasivo oculto que aparece en cualquier reclamo.

Por qué el registro de asistencia respalda el pago

Acá está la parte que define si una empresa duerme tranquila o no. En un reclamo por horas extras, la carga de la prueba se reparte, pero el empleador que no llevó registro horario queda en una posición muy débil. Si el trabajador afirma que hizo horas extras y la empresa no tiene cómo demostrar lo contrario, los jueces tienden a dar por ciertas las horas denunciadas, dentro de lo razonable.

El registro de asistencia es la herramienta que invierte esa lógica. Con marcaciones de entrada y salida fechadas, la empresa tiene:

  • Prueba del horario real: cuántas horas trabajó cada empleado, qué día y en qué franja.
  • Liquidación automática del recargo: el sistema separa solo las horas que superan la jornada y aplica 50% o 100% según el día.
  • Trazabilidad ante inspección: si el Ministerio de Capital Humano audita, los registros respaldan que las horas extras del recibo coinciden con lo trabajado.

Sin registro, todo es palabra contra palabra. Y en un juicio laboral argentino, la palabra del empleador sin papeles que la respalden vale poco. Llevar un control de asistencia y horario no es burocracia: es la prueba que sostiene cada peso que pusiste en el recibo.

Un sistema de gestión de turnos y jornada deja registrado quién trabajó de más, cuándo y bajo qué recargo, sin planillas de papel ni cálculos a mano que después nadie puede defender.

Errores frecuentes al liquidar horas extras

  • Calcular sobre el básico de convenio en vez del salario habitual: si pagás el recargo solo sobre el básico, estás liquidando de menos. La base incluye adicionales remunerativos fijos.
  • Pagar todo al 50%: las horas del sábado después de las 13, domingos y feriados van al 100%. Pagarlas al 50% genera diferencias salariales reclamables.
  • No reflejar las horas en el recibo: pagar "por afuera" o en negro las horas extras es un pasivo que reaparece con intereses en cualquier demanda.
  • Olvidar el impacto en el aguinaldo: las horas extras son remunerativas, así que entran en el promedio del SAC. No liquidarlas ahí es otra diferencia.
  • No llevar registro horario: sin marcaciones, la empresa no puede defender cuántas horas se hicieron realmente.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga la hora extra en Argentina en 2026? El art. 201 de la LCT fija un recargo del 50% sobre el valor de la hora normal en días comunes, y del 100% en sábados después de las 13, domingos y feriados. O sea, la hora extra común se paga una vez y media, y la del fin de semana o feriado, el doble.

¿Cómo calculo el valor de mi hora extra? Dividí tu sueldo mensual por las horas trabajadas en el mes (alrededor de 200, según el divisor del convenio). Eso te da el valor de la hora normal. Después multiplicalo por 1,5 para la hora al 50% o por 2 para la hora al 100%.

¿El sábado a la mañana se paga como hora extra al 100%? No. El sábado hasta las 13 todavía cuenta como día común: las horas extras de esa franja van al 50%. Recién pasadas las 13 del sábado el recargo sube al 100%.

¿Cuántas horas extras se pueden hacer por mes? El Decreto 484/2000 fija un tope de 30 horas extras mensuales y 200 anuales sin autorización administrativa previa. Superar ese número requiere autorización del Ministerio de Capital Humano.

¿Estoy obligado a hacer horas extras si me las pide la empresa? Salvo pacto en contrario, no. El trabajador puede negarse a hacer horas suplementarias, excepto en casos de peligro o fuerza mayor.

¿Por qué tengo que registrar la asistencia si pago las horas extras igual? Porque en un reclamo el empleador sin registro horario queda en desventaja: si no puede demostrar cuántas horas se trabajaron, los jueces suelen dar por ciertas las que denuncia el trabajador. El registro de asistencia es la prueba que respalda cada hora extra liquidada.


Calcular bien las horas extras no es difícil: es la jornada legal de 8 horas, el valor hora del sueldo dividido por el divisor del convenio, y el recargo del 50% o el 100% según el día. Lo que realmente cuesta es defender después esos números si nunca registraste el horario. La diferencia entre una liquidación que aguanta una inspección y una que se cae en un juicio no está en la fórmula, está en si tenés o no la marcación que demuestre cuándo trabajó cada uno. Si querés dejar de liquidar a ojo, empezá por registrar la jornada con un sistema de gestión de personal y dejá que el cálculo del recargo salga solo.