Canal de denuncias

Canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023

El canal ético que exige la ley para empresas de 50 o más personas: denuncia anónima o confidencial, plazos automáticos y libro-registro a prueba de inspección. Configúralo como canal de denuncias, canal ético o buzón de integridad, con el nombre que mejor encaje en tu empresa.

Desafíos en Canal de denuncias

Los problemas que aparecen cada semana y cómo se resuelven

01

La ley ya obliga a tenerlo

La Ley 2/2023 de protección al informante, que traspone la Directiva UE 2019/1937, exige un canal de denuncias interno desde el 13 de junio de 2023 para las empresas de 250 o más personas, y desde el 1 de diciembre de 2023 para las de 50 o más. Si tu empresa está en ese rango y todavía no lo tiene, no está a punto de incumplir la ley: ya la está incumpliendo.

02

A quién obliga exactamente

Toda empresa privada de 50 o más personas en plantilla, sin excepción. Sin importar el tamaño, también están obligados todo el sector público, los partidos, sindicatos y patronales con financiación pública, y las entidades de servicios financieros, prevención del blanqueo de capitales, seguridad del transporte y medio ambiente, conforme al anexo de la Directiva. Los grupos de empresa con centros de 50 a 249 personas pueden compartir un mismo canal, pero tienen que poder demostrarlo.

03

Las multas no son simbólicas

El régimen sancionador de la Ley 2/2023 llega hasta 1.000.000 € para personas jurídicas en infracciones muy graves —represalias contra el informante, revelar su identidad, no investigar una denuncia—, entre 30.001 € y 300.000 € para personas físicas, hasta 600.000 € en infracciones graves y hasta 100.000 € en las leves. No tener canal, sin más, ya es sancionable por sí solo.

04

Un buzón de correo no es un canal de denuncias

La ley no pide un formulario de contacto: exige acuse de recibo en 7 días naturales, resolución en 3 meses, un responsable con autonomía real, anonimato efectivo frente a quien gestiona el canal, un libro-registro a prueba de manipulación y protección frente a represalias durante los dos años siguientes. Montarlo a mano, con un correo compartido y una hoja de cálculo, es justo lo que no aguanta una inspección.

05

El canal ético también genera confianza

Un canal serio no solo evita sanciones: es la señal de que la plantilla, los proveedores y los clientes pueden confiar en que las irregularidades se investigan sin miedo a represalias. Cada vez más pliegos de contratación pública y auditorías de proveedores lo piden como requisito, no como un extra.

Registros y trazabilidad para tu gestión laboral

Revisa la configuración aplicable a tu empresa con tu asesoría laboral

  • Denuncia anónima o confidencial, con acuse de recibo inmediato en PDF.
  • Relojes de plazos automáticos —7 días de acuse, 3 meses de resolución, prórroga de 3 meses— con alertas antes de vencer.
  • Contenido cifrado de extremo a extremo y libro-registro append-only, con acceso restringido solo a jueces y tribunales.
  • Permisos separados por rol: configurar, gestionar, investigar y ver identidad no son lo mismo.
  • Protección frente a represalias y exclusión automática de la persona señalada en su propio expediente.
  • Enlace visible al canal externo de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, tal y como exige la ley.
  • Retención automática: purga a los 3 meses si no se investiga, conservación máxima de 10 años del libro-registro.
  • Canal publicable con QR y textos configurables, listo para tu web corporativa en el nombre que elijas.

Preguntas frecuentes

¿Mi empresa está obligada a tener canal de denuncias?+

Sí, si tienes 50 o más personas en plantilla, desde el 1 de diciembre de 2023. Si tienes 250 o más, lo estás desde junio de 2023. También están obligadas la administración pública sin umbral y ciertos sectores —financiero, blanqueo de capitales, transporte, medio ambiente— sea cual sea su tamaño.

¿Qué pasa si no lo implanto?+

No tener canal es sancionable por sí solo. La Ley 2/2023 llega hasta 1.000.000 € en infracciones muy graves, 600.000 € en graves y 100.000 € en leves para personas jurídicas, además de sanciones específicas para la persona física responsable.

¿Denuncia anónima o confidencial: qué diferencia hay?+

En la anónima, nadie —ni Emplyx ni tu empresa— conoce la identidad del informante. En la confidencial, la persona se identifica pero su identidad queda protegida y solo accesible a quien gestiona el expediente, nunca a la persona denunciada.

¿Quién puede denunciar, solo la plantilla?+

No. La ley obliga a admitir también denuncias de autónomos, accionistas, proveedores, voluntarios, becarios, candidatos en proceso de selección y ex-empleados. Por eso el canal es accesible sin necesidad de cuenta de usuario.

¿Puede ver las denuncias el soporte de Emplyx o mi departamento de RRHH?+

El soporte de Emplyx queda excluido por diseño: nadie de nuestro equipo puede leer una denuncia. Dentro de tu empresa, el acceso se limita a quien tenga permiso de responsable o investigador, con la identidad del informante oculta salvo motivo justificado y anotado en el libro-registro.

¿Puedo compartir un mismo canal entre varias empresas de mi grupo?+

Sí, si cada una tiene entre 50 y 249 personas, la ley permite compartir sistema y recursos. A partir de 250, cada empresa necesita su propio canal.

¿Cuánto tiempo se conservan los datos de una denuncia?+

Si a los 3 meses no se ha decidido investigar, la comunicación se suprime o se anonimiza. Si el expediente sigue abierto, los datos se conservan como máximo 10 años, que es un tope legal, no un mínimo recomendado.

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