Casi todos los patrones que me preguntan por las horas extras se equivocan en lo mismo: creen que todo el tiempo extraordinario se paga igual. No. La LFT parte el tiempo extra en dos tramos con dos precios distintos, y mezclarlos es de las cosas que más caro sale en una inspección. Aquí te explico el cálculo completo, paso a paso, con un ejemplo numérico que puedes copiar.

El marco legal es la Ley Federal del Trabajo, artículos 66, 67 y 68. Tres artículos cortos que definen todo. Vamos por partes.


Primero la jornada ordinaria: hasta dónde llega lo "normal"

No hay hora extra sin entender antes la jornada ordinaria. Es el tiempo de trabajo pactado dentro de los topes de ley: 8 horas la jornada diurna, 7 la nocturna, 7 y media la mixta. En cómputo semanal, el tope tradicional son 48 horas (y bajando hacia 40 por la reforma en curso).

Todo lo que el trabajador labora por encima de su jornada ordinaria es tiempo extraordinario. Esa es la frontera. Si tu trabajador tiene jornada diurna de 8 horas y un día se queda 10, esas 2 horas son extra. Punto de partida del cálculo.

El artículo 66 LFT pone un límite a ese tiempo extra: no puede pasar de tres horas diarias ni de tres veces por semana, o sea 9 horas extra a la semana como máximo legal. Guárdate ese número 9, porque es la bisagra de todo el cálculo.

El sueldo por hora: la base de todo

Para calcular cualquier hora extra necesitas saber cuánto vale una hora ordinaria de ese trabajador. La fórmula es directa:

Salario por hora = salario diario ÷ horas de la jornada diaria

Ejemplo: trabajador con salario diario de $400 MXN, jornada de 8 horas
Salario por hora = $400 ÷ 8 = $50 por hora

Ese sueldo por hora ($50 en el ejemplo) es la hora ordinaria. Una hora extra nunca se paga a ese precio: se paga al doble o al triple, según el tramo. Ahí entran los artículos 67 y 68.

Horas dobles: las primeras 9 de la semana (art. 67 LFT)

El artículo 67 LFT manda que el tiempo extraordinario se pague con un 100% más del salario de las horas ordinarias. Cien por ciento más significa, en castellano de patrón, al doble. Por eso se les dice horas dobles.

Estas horas dobles aplican al tiempo extra dentro del límite legal: las primeras 9 horas extra de la semana. Con el sueldo por hora del ejemplo:

Hora ordinaria      = $50
Hora doble (x2)     = $50 × 2 = $100

Cada una de esas primeras 9 horas extra semanales vale $100. El trabajador cobra el equivalente a dos horas por cada hora extra trabajada dentro de ese rango.

Horas triples: lo que excede de 9 a la semana (art. 68 LFT)

Aquí está la parte que casi nadie tiene clara. El artículo 68 LFT dice que la jornada extraordinaria no puede exceder de tres horas diarias ni de tres veces a la semana. Y remata: el tiempo extra que exceda de esos límites se paga con un 200% más del salario de las horas ordinarias.

Doscientos por ciento más es al triple. Por eso se les dice horas triples. Aplican a partir de la hora extra número 10 de la semana:

Hora ordinaria      = $50
Hora triple (x3)    = $50 × 3 = $150

Lo importante: que existan horas triples significa que el trabajador ya rebasó el tope legal del artículo 66. No es un "precio premium" voluntario, es la sanción económica por exceder el máximo permitido. La hora triple es legal de pagar, pero la situación que la genera —pasar de 9 horas extra semanales— ya es una irregularidad.

Ejemplo numérico completo, paso a paso

Pongamos un caso concreto. Roberto trabaja en una refaccionaria, jornada diurna de 8 horas, salario diario de $480 MXN. Una semana fuerte hizo 13 horas extra.

PASO 1 — Salario por hora
$480 ÷ 8 horas = $60 por hora ordinaria

PASO 2 — Separar las 13 horas extra en sus dos tramos
Primeras 9 horas  → horas dobles (art. 67)
Restantes 4 horas → horas triples (art. 68, exceden de 9)

PASO 3 — Calcular cada tramo
Horas dobles:   9 × ($60 × 2) = 9 × $120 = $1,080
Horas triples:  4 × ($60 × 3) = 4 × $180 = $720

PASO 4 — Total de tiempo extraordinario de la semana
$1,080 + $720 = $1,800 MXN

Roberto cobra $1,800 MXN solo de horas extra esa semana, además de su salario ordinario. Si alguien hubiera pagado las 13 horas todas al doble —el error clásico— habría salido $1,560: una diferencia de $240 a favor del trabajador, que un inspector detecta en cinco minutos revisando registros.

Te lo digo directo: si tu empresa llega con frecuencia a horas triples, el problema no es el cálculo, es la planeación de turnos. Las horas triples deberían ser la excepción rarísima, no la rutina de cada quincena.

Cómo el registro de asistencia respalda el pago

Todo este cálculo se sostiene sobre un dato: las horas realmente trabajadas. Y ahí es donde muchas PyME se caen. El checador de huella registra entrada y salida, pero no separa los tramos, no avisa cuando un trabajador se acerca a las 9 horas extra y no produce un reporte que aguante una inspección de la STPS.

Si la nómina la calculas a mano, dos cosas pasan: o pagas de menos y el trabajador reclama con razón, o pagas todo al doble "por si acaso" y regalas dinero. Un control de asistencia que sume las horas por semana, identifique cuáles son extra, las separe en dobles y triples y deje el reporte listo es lo que convierte este artículo en un trámite de un clic. En Emplyx el cálculo de tiempo extraordinario sale del propio registro, sin capturar nada dos veces.

Y un detalle legal que pocos cuidan: el patrón debe poder probar las horas trabajadas y las pagadas. Sin registro confiable, en un juicio laboral la carga de la prueba juega en tu contra.


Preguntas frecuentes

¿Las horas extra se calculan por día o por semana?

El límite del artículo 66 LFT es a la vez diario (máximo 3 horas al día) y semanal (máximo 3 veces, o sea 9 horas). El pago doble o triple se determina por el cómputo semanal: las primeras 9 horas extra de la semana van al doble, de la décima en adelante al triple.

¿Puede el trabajador negarse a hacer horas extra?

Sí. Salvo casos de siniestro o riesgo inminente (artículo 65 LFT), el tiempo extraordinario es voluntario. El trabajador no está obligado a quedarse más allá de su jornada ordinaria, y el patrón no puede sancionarlo por negarse.

¿Las horas extra integran el salario para el IMSS?

El tiempo extra que se paga dentro de los límites de ley no integra el salario base de cotización. El que excede esos límites sí puede integrar bajo las reglas del artículo 27 de la Ley del Seguro Social. Conviene revisarlo con tu contador cuando hay extra recurrente.

¿Qué pasa si trabajo horas extra en domingo o día festivo?

Se acumulan dos conceptos distintos. Por un lado el pago de la hora extra (doble o triple según el tramo); por otro la prima dominical del 25% o el pago triple del día festivo trabajado (artículos 71 y 75 LFT). Son cálculos que se suman, no se sustituyen.

¿El personal de confianza también cobra horas extra?

Sí. La categoría de confianza (artículo 9 LFT) no exime al patrón de respetar la jornada ni de pagar el tiempo extraordinario. Si un gerente labora por encima de su jornada ordinaria, esas horas son extra como las de cualquier trabajador.


Lo que de verdad importa

El cálculo de horas extras no es complicado: jornada ordinaria, sueldo por hora, primeras 9 al doble, el resto al triple. Lo que se complica es hacerlo bien para 30 personas, cada quincena, con un registro de papel. Ahí es donde aparecen los errores que cuestan multas y juicios.

Si quieres que el cálculo de tiempo extraordinario salga solo del registro de entradas y salidas, con la separación de dobles y triples ya hecha, revisa cómo lo resuelve Emplyx para PyMEs mexicanas. Pruébalo gratis y deja que el sistema haga la cuenta que un inspector va a revisar.