La pregunta llega directa y la respuesta debería serlo también: "tengo X años en la empresa, ¿cuántos días me tocan?". Aquí está el desglose año por año según la Ley Federal del Trabajo reformada, sin que tengas que leerte el artículo 76 completo.
Desde el 1 de enero de 2023 entró en vigor la reforma de Vacaciones Dignas, que cambió por completo la tabla. Si tu cuenta mental sigue en "seis días el primer año", esa cuenta caducó. Vamos a lo concreto.
La respuesta rápida: tabla de vacaciones por años de servicio
Esto es lo que buscas. La tabla oficial tras la reforma del artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo:
AÑOS CUMPLIDOS DÍAS DE VACACIONES
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1 año 12 días
2 años 14 días
3 años 16 días
4 años 18 días
5 años 20 días
6 a 10 años 22 días
11 a 15 años 24 días
16 a 20 años 26 días
21 a 25 años 28 días
26 a 30 años 30 días
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Patrón: del año 1 al 5, +2 días cada año.
A partir del 6º, +2 días por cada 5 años de servicio.
Lee la fila que corresponda a tus años cumplidos y ya tienes el número. Si llevas 3 años, son 16 días. Si llevas 8, son 22. Si llevas 13, son 24. Punto.
El primer tramo: del año 1 al 5
Aquí está el cambio más grande de la reforma. Antes, el primer año eran seis días miserables y subía de dos en dos hasta los 12 al cuarto año. Ahora arrancas directo en 12.
- 1 año cumplido: 12 días.
- 2 años: 14 días.
- 3 años: 16 días.
- 4 años: 18 días.
- 5 años: 20 días.
La lógica es simple: del primero al quinto aniversario sumas dos días cada vez que cumples un año más en la empresa. Un trabajador con cuatro años pasó de tener 14 días (esquema viejo) a tener 18. Cuatro días más, sin pelearlos.
Una opinión que no todos quieren escuchar: el salto de 6 a 12 días el primer año es la mejor noticia laboral que le pasó a la rotación alta en México. Comercio, restaurantes y call centers, donde la gente rara vez pasa de dos años, antes daban casi nada. Ahora el trabajador de un año tiene quincena entera.
El segundo tramo: del año 6 en adelante
Cumplido el sexto año cambia la mecánica. Ya no subes cada año; subes dos días por cada bloque de cinco años de servicio.
- De 6 a 10 años: 22 días (todo este bloque es igual).
- De 11 a 15 años: 24 días.
- De 16 a 20 años: 26 días.
- De 21 a 25 años: 28 días.
- De 26 a 30 años: 30 días.
Detalle que confunde a mucha gente: entre el año 6 y el 10 el número no se mueve. Si llevas 7 años, tienes 22 días, los mismos que tu compañero de 9. El siguiente aumento llega hasta cumplir 11 años. Esto no es un error de la ley, es el diseño del segundo tramo.
Cómo contar bien tus años de antigüedad
El conteo se hace por año de servicio cumplido, no por año calendario. Tu derecho a vacaciones nace en cada aniversario de tu fecha de ingreso.
Caso para aterrizarlo: una persona que entró a trabajar el 15 de marzo de 2022. El 15 de marzo de 2023 cumplió su primer año y ganó 12 días. El 15 de marzo de 2024, su segundo año, ganó 14. Y así. La fecha de pago de aguinaldo o el cierre fiscal de la empresa no tienen nada que ver con esto.
Otro punto que genera dudas: la LFT da un margen de seis meses después del aniversario para que el trabajador disfrute las vacaciones de ese periodo. No es que las pierdas si no las tomas el mismo día; tienes medio año de ventana.
Si quieres profundizar en cómo se gestiona el calendario de descansos sin que se te traslapen las solicitudes de todo el equipo, revisa nuestra guía de control de asistencia para PyMEs en México.
La prima vacacional: el otro número que va con esto
Las vacaciones traen un acompañante obligatorio. La prima vacacional es mínimo el 25% del salario correspondiente a los días que te tocan, y se paga aparte del sueldo de esos días.
Cuenta rápida con números reales. Trabajador con tres años de antigüedad y salario diario de $500 MXN:
- Le tocan 16 días de vacaciones.
- Sueldo de esos 16 días: 16 × $500 = $8,000.
- Prima vacacional (25%): $8,000 × 0.25 = $2,000.
- Total que recibe ligado a sus vacaciones: $10,000.
El 25% es el piso legal. Muchas empresas pagan 30% o más como prestación superior, y eso sí puede subir, nunca bajar de 25.
Qué pasa si no te dieron los días que te tocaban
Si tu antigüedad ya te daba 16 días y solo disfrutaste 10, esos seis días no se esfuman. El patrón te los debe, y si la relación laboral termina, entran al finiquito como vacaciones no disfrutadas más su prima proporcional.
Lo digo claro porque lo veo seguido: el trabajador que ni sabe cuántos días le correspondían es el que sale perdiendo. La tabla de arriba existe precisamente para que cualquiera pueda verificar su número sin depender de la palabra del jefe. Y a la empresa que lleva el registro a mano en un cuaderno, ese cuaderno es justo lo que no quiere ver una visita de inspección de la STPS.
Para que el equipo entero sepa en tiempo real su saldo de días, lo mejor es un sistema que gestione vacaciones y ausencias calculando la antigüedad de forma automática.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones me tocan el primer año?
Doce días al cumplir tu primer año de servicio. Antes de la reforma de 2023 eran solo seis. El cambio aplica a todos los trabajadores del apartado A del artículo 123 constitucional.
Si llevo 8 años, ¿cuántos días tengo?
Veintidós días. Todo el bloque de 6 a 10 años de antigüedad otorga la misma cantidad: 22 días. El siguiente aumento, a 24 días, llega cuando cumples 11 años.
¿Las vacaciones se cuentan por año calendario o por aniversario de ingreso?
Por aniversario de tu fecha de ingreso. Tu derecho a la siguiente cantidad de días nace cada vez que cumples un año más de servicio, sin importar el cierre fiscal de la empresa.
¿La reforma de Vacaciones Dignas aplica a contratos firmados antes de 2023?
Sí. La nueva tabla del artículo 76 aplica a todas las relaciones laborales vigentes desde el 1 de enero de 2023, sin importar cuándo se firmó el contrato. Puedes consultar el decreto en el Diario Oficial de la Federación.
¿Puedo cobrar mis vacaciones en dinero en vez de descansar?
No. La LFT obliga a disfrutar los días de descanso; no es legal que el patrón te las "compre" mientras sigues trabajando. El pago en efectivo solo procede sobre días no disfrutados al terminar la relación laboral, dentro del finiquito.
¿Qué pasa si la empresa me da menos días de los que marca la tabla?
Es una violación a la LFT. Los días son un derecho mínimo irrenunciable; un acuerdo o contrato que ofrezca menos no tiene validez. Puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para reclamarlos.
En resumen
Busca tu antigüedad en la tabla, lee el número y verifícalo contra lo que te dieron. Doce días el primer año, +2 cada año hasta el quinto, y +2 por cada cinco años a partir del sexto. No hay más ciencia.
Para una empresa con plantilla grande, llevar esta cuenta a mano es donde empiezan los errores y los reclamos. Con Emplyx cada trabajador y cada gerente ven el saldo de días al día, calculado por antigüedad real, listo para cualquier inspección.