Hay un dato que mucho patrón mexicano descubre tarde, casi siempre con un acta de inspección encima: la hora extra en México no se paga a un solo precio. Hay un tramo que va al doble y otro que va al triple, y la frontera entre los dos la fijan los artículos 67 y 68 de la Ley Federal del Trabajo. Quien no distingue uno del otro termina pagando de menos o, peor, pagando mal y sin saberlo. Vamos a leer esos dos artículos con calma, palabra por palabra, y a entender cómo encajan con el artículo 66, que es el que pone el techo.
El punto de partida: el artículo 66 fija el límite
Antes de hablar de pago hay que hablar de cuánto extra se permite. El artículo 66 de la Ley Federal del Trabajo dice que la jornada podrá prolongarse por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana. Es decir: el tope legal del tiempo extraordinario es de nueve horas semanales.
Esa cifra (nueve) es la bisagra de todo lo que sigue. El artículo 67 regula lo que pasa dentro de ese límite. El artículo 68 regula lo que pasa cuando el límite se rebasa. Si no se tiene clara la frontera de las nueve horas, no se entiende ni uno ni otro.
Conviene aclarar algo que genera confusión: el artículo 66 no autoriza a trabajar nueve horas extra como rutina. Habla de "circunstancias extraordinarias". La hora extra que se vuelve costumbre deja de ser extraordinaria y los tribunales la han tratado como jornada ordinaria simulada. Pero ese es otro tema; quédate con el número: nueve horas semanales es la línea divisoria.
El artículo 67 de la LFT: el tiempo extraordinario dentro del límite
El artículo 67 tiene dos párrafos y conviene leerlos por separado.
El primer párrafo dice que las horas de trabajo extraordinario que se presten por las circunstancias del artículo 66 se retribuirán con un cien por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria. Cien por ciento más significa el doble: la hora normal más otra hora completa de recargo.
El segundo párrafo, que casi nadie cita, regula un caso distinto: el trabajo en día de descanso o en jornada que se prolonga por razones no previstas. Para esta nota lo que importa es el primer párrafo, porque es el que aplica al tiempo extra del día a día.
Entonces, en lenguaje llano: toda hora extra trabajada dentro del límite de nueve a la semana se paga al doble. No al doble del costo total de la empresa por esa hora; al doble del salario ordinario que corresponde a esa hora concreta.
Qué NO está cubierto por el artículo 67
Aquí está la trampa donde caen muchos. El artículo 67 cubre las primeras nueve horas extra semanales. Ni una más. Cuando un trabajador hace la décima hora extra de la semana, esa hora ya no se rige por el 67. Pasa a regirse por el 68. Y ahí cambia el precio.
El artículo 68 de la LFT: el pago triple por rebasar el límite
El artículo 68 tiene también dos partes y las dos pesan.
La primera parte es una prohibición: dice que los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido en el artículo 66. O sea, la ley deja claro que pasar de las nueve horas extra semanales no es algo que el patrón pueda exigir. El trabajador puede negarse.
La segunda parte es la que duele en la nómina. Dice textualmente que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en la propia Ley.
Doscientos por ciento más significa el triple: la hora ordinaria más dos horas de recargo. La décima hora extra de la semana, y todas las que vengan después, se pagan al triple.
La lógica detrás del pago triple
El triple no es un capricho del legislador. Es un castigo económico disfrazado de tarifa. La idea es desincentivar que el patrón abuse del tiempo extraordinario: si rebasar el límite saliera barato, se rebasaría siempre. Por eso el artículo 68 cierra diciendo "sin perjuicio de las sanciones": el pago triple no exime de multa, se suma a ella. Quien cruza la línea de las nueve horas paga el triple a su gente y además puede ser sancionado por la autoridad.
La diferencia entre el 67 y el 68, en una tabla
Si tuviera que resumir la nota en cinco renglones, sería esta tabla:
| Tramo de horas extra en la semana | Artículo que aplica | Cómo se paga |
|---|---|---|
| De la hora 1 a la 9 | Artículo 67 LFT | Doble (100% más) |
| Hora 10 en adelante | Artículo 68 LFT | Triple (200% más) |
| Tope legal de referencia | Artículo 66 LFT | 3 horas/día, 9 horas/semana |
El error más común que veo en despachos contables es pagar todo el tiempo extra al doble, sin separar el tramo. Es cómodo, pero está mal. Si un trabajador hizo doce horas extra en una semana, nueve van al doble y tres van al triple. Pagar las doce al doble es un adeudo que el trabajador puede reclamar, con intereses, y que en una junta de conciliación se cobra completo.
Ejemplo de cálculo: separando el doble del triple
Pongamos números, que es donde se entiende. Roberto trabaja en una bodega de distribución y gana un salario que equivale a $80 MXN por hora ordinaria. Una semana de inventario hace 12 horas extra.
Primero se separan los tramos según el límite del artículo 66:
- 9 horas caen dentro del límite → artículo 67 → pago doble.
- 3 horas rebasan el límite → artículo 68 → pago triple.
Ahora el cálculo:
- Tramo doble: 9 horas × $80 × 2 = $1,440
- Tramo triple: 3 horas × $80 × 3 = $720
- Total de tiempo extraordinario de esa semana: $2,160
Si se hubiera pagado todo al doble, habrían salido $1,920. La diferencia, $240, es lo que el patrón le debe a Roberto por las tres horas mal calculadas. Parece poco en un caso; multiplícalo por una plantilla y por las semanas de un año y la cifra deja de ser simbólica.
A mitad de camino vale la pena una pausa práctica: este cálculo, hecho a mano y trabajador por trabajador, es justo donde se cuela el error. Llevar el control de asistencia de una PyME con un sistema que separe los tramos automáticamente quita ese riesgo de encima.
Cómo se interpretan el 67 y el 68 en la práctica
La letra de la ley es una cosa; cómo la aplican las autoridades y los tribunales es otra. Tres matices que conviene tener claros:
El cómputo es semanal, no diario. El límite del artículo 66 mezcla un tope diario (3 horas) y uno semanal (9 horas). Para decidir si aplica el doble o el triple, lo que manda es el acumulado de la semana. Un trabajador puede no rebasar las tres horas ningún día y aun así cruzar las nueve semanales si las reparte.
La carga de la prueba la tiene el patrón. Cuando hay un conflicto sobre horas extra, los tribunales laborales suelen exigir al patrón los registros de jornada. Si no hay registro, la versión del trabajador pesa. Por eso un control de asistencia confiable no es burocracia: es la prueba que te salva en una junta.
El salario base del cálculo es el ordinario por hora. El doble y el triple se calculan sobre lo que vale la hora de la jornada ordinaria, no sobre conceptos variables como bonos o comisiones, salvo que el contrato diga otra cosa. Conviene revisar cada contrato individual para no calcular de menos ni de más.
Una cosa que casi nadie dice: el artículo 68 está redactado para que rebasar el límite sea un mal negocio. Si tu operación necesita de forma habitual más de nueve horas extra por trabajador a la semana, el problema no es la tarifa, es que te falta gente. Sale más barato contratar que pagar triple de forma crónica, y además te ahorras la multa.
Preguntas frecuentes
¿El tiempo extraordinario en México se paga doble o triple?
Las dos cosas, según el tramo. Las primeras nueve horas extra de la semana se pagan al doble por el artículo 67 LFT. De la décima hora en adelante se pagan al triple por el artículo 68 LFT.
¿Cuál es el límite de horas extra que dice la LFT?
El artículo 66 LFT fija el límite en tres horas diarias y tres veces por semana, lo que da un máximo de nueve horas extra semanales. Ese número es la frontera entre el pago doble y el triple.
¿Qué pasa si trabajo más de nueve horas extra a la semana?
El artículo 68 LFT establece que el tiempo que exceda de nueve horas semanales se paga al triple (doscientos por ciento más del salario por hora). Además, el patrón puede ser sancionado por la autoridad laboral.
¿Puede el patrón obligar a trabajar más de nueve horas extra?
No. El artículo 68 LFT dice expresamente que los trabajadores no están obligados a prestar servicios por un tiempo mayor al permitido por el artículo 66. El trabajador puede negarse sin que eso sea causa de sanción.
¿Sobre qué salario se calcula el pago doble y triple?
Sobre el salario que corresponde a una hora de la jornada ordinaria. No se calcula sobre el costo total para la empresa ni sobre conceptos variables, salvo pacto distinto en el contrato individual.
¿Está mal pagar todo el tiempo extra al doble?
Sí, si el trabajador rebasó las nueve horas semanales. Las horas que exceden el límite deben pagarse al triple. Pagarlas al doble genera un adeudo reclamable ante la autoridad laboral.
Lee la ley y deja que el sistema haga la cuenta
Los artículos 67 y 68 de la LFT no son complicados de leer; lo complicado es aplicarlos semana a semana sin equivocarse en el corte de las nueve horas. Te recomiendo revisar el texto vigente de la Ley Federal del Trabajo directo en el sitio de la Cámara de Diputados y, sobre todo, dejar de calcular las extras a mano.
Con Emplyx el patrón configura el tope semanal y el sistema separa solo el tramo doble del triple, registra la jornada real de cada quien y deja el reporte listo para cualquier inspección. La ley la entiendes una vez; el cálculo lo necesitas cada semana.