Te llega un WhatsApp un viernes a la tarde: tenés que desvincular a alguien y no sabés cuánto te va a costar. O sos el empleado y querés revisar si el número que te ofrecieron está bien. Esta guía es una calculadora explicada: vas a aprender a calcular, rubro por rubro, la liquidación de un despido sin causa en la Argentina del 2026. Sin fórmulas mágicas, con la LCT 20.744 en la mano y un ejemplo numérico cerrado al final.


Qué rubros componen una liquidación por despido sin causa

Antes de sacar la calculadora hay que separar dos cosas que la gente mezcla todo el tiempo.

Por un lado están las indemnizaciones: lo que la empresa paga porque hubo despido. Por otro lado, los rubros que se le adeudan al trabajador igual, haya despido o no: días trabajados del último mes, aguinaldo proporcional y vacaciones que no se tomó.

Una liquidación final por despido sin causa, completa, lleva cinco conceptos:

  1. Indemnización por antigüedad (art. 245 LCT) — la indemnizatoria propiamente dicha.
  2. Indemnización sustitutiva de preaviso (art. 232 LCT) — porque no se avisó con tiempo.
  3. Integración del mes de despido (art. 233 LCT) — los días del mes que faltaban.
  4. SAC proporcional — el aguinaldo de la fracción de semestre trabajada.
  5. Vacaciones proporcionales no gozadas — los días de descanso que quedaron sin usar.

Los tres primeros son indemnizatorios y no tributan aportes. Los dos últimos son salariales adeudados. Vamos uno por uno.

Paso 1: la base de cálculo (la MRMNyH)

Casi todo arranca del mismo número: la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, o del tiempo trabajado si fue menor. La ley la llama MRMNyH y conviene tenerla clara porque un error acá arrastra a todos los demás rubros.

  • Mejor: se toma el mes de mayor remuneración, no un promedio.
  • Mensual: una sola mensualidad.
  • Normal y habitual: se incluyen conceptos que se cobran de forma regular (sueldo, antigüedad, presentismo, comisiones habituales). Se excluye lo extraordinario y no habitual: un bono único, una gratificación aislada.
  • El SAC (aguinaldo) no se suma a la base del art. 245 según el criterio mayoritario de la jurisprudencia argentina.

Paso 2: indemnización por antigüedad (art. 245 LCT)

La regla del artículo 245 de la LCT: un mes de sueldo (la MRMNyH) por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses.

Esa "fracción mayor a tres meses" es la trampa más común. Si alguien trabajó 4 años y 4 meses, no se redondea para abajo: esos 4 meses superan el trimestre y cuentan como un año entero. Resultado: se paga por 5 años, no por 4.

El art. 245 también fija un piso: la indemnización nunca puede ser menor a un mes de la MRMNyH, aun con muy poca antigüedad.

Y fija un tope: la base no puede superar tres veces el promedio de todas las remuneraciones del convenio colectivo aplicable. Ese tope lo publica el Ministerio de Capital Humano por convenio. Si el sueldo real del trabajador es muy alto, la base se "recorta" a ese máximo —con el matiz del fallo Vizzoti de la Corte Suprema, que no permite quitar más del 33% de la mejor remuneración real.

Paso 3: preaviso e integración del mes

Si la empresa despide sin avisar con anticipación, debe pagar el preaviso como dinero.

La indemnización sustitutiva de preaviso (art. 232 LCT) equivale a:

  • 15 días de sueldo si el trabajador está en período de prueba.
  • 1 mes de sueldo si la antigüedad es de hasta 5 años.
  • 2 meses de sueldo si supera los 5 años.

Encima del preaviso se suma la integración del mes de despido (art. 233 LCT): si el cese ocurre un día que no es el último del mes, se pagan los días que faltan hasta fin de mes como si se hubieran trabajado. Despedir un día 8 implica integrar los 22 o 23 días restantes.

Paso 4: SAC y vacaciones proporcionales

Estos dos rubros se adeudan siempre, no dependen de la causa del despido.

SAC proporcional (aguinaldo): se calcula sobre la fracción del semestre trabajada. La fórmula práctica es la mitad de la mejor remuneración del semestre, multiplicada por los días trabajados del semestre y dividida por 182. También corresponde el SAC sobre el preaviso y sobre las vacaciones no gozadas.

Vacaciones proporcionales no gozadas: los días de descanso anual que se devengaron y no se tomaron. Se calcula según la antigüedad (14, 21, 28 o 35 días corridos al año) en proporción al tiempo trabajado en el año del cese. El valor del día de vacaciones sale de dividir el sueldo por 25, no por 30.

Si necesitás llevar el control fino de antigüedad, sueldos y días de vacaciones devengados de todo tu equipo, un sistema de gestión de personal te evita reconstruir todo a mano el día que toca liquidar.

Ejemplo numérico completo de una liquidación

Veamos un caso concreto. Empleada de comercio, 4 años y 5 meses de antigüedad, despedida sin causa el 12 de septiembre de 2026. Su mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año fue de $1.200.000. Asumimos que su sueldo está por debajo del tope del convenio, así que la base es el sueldo real.

LIQUIDACIÓN FINAL — DESPIDO SIN CAUSA
Empleada de comercio · Antigüedad: 4 años 5 meses · Cese: 12/09/2026
Base de cálculo (MRMNyH): $1.200.000

1) INDEMNIZACIÓN POR ANTIGÜEDAD (art. 245 LCT)
   4 años + 5 meses → la fracción (5 meses) supera 3 meses → cuenta 1 año
   Años computables: 5
   $1.200.000 × 5 ......................................... $6.000.000

2) INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DE PREAVISO (art. 232 LCT)
   Antigüedad hasta 5 años → 1 mes de sueldo
   $1.200.000 ............................................. $1.200.000

3) INTEGRACIÓN DEL MES DE DESPIDO (art. 233 LCT)
   Cese el día 12 → restan 18 días de septiembre (30 - 12)
   $1.200.000 / 30 × 18 ..................................... $720.000

4) SAC PROPORCIONAL (aguinaldo 2º semestre)
   Días trabajados del semestre (01/07 al 12/09) = 74
   ($1.200.000 / 2) × 74 / 182 .............................. $243.956
   SAC s/ preaviso:  $1.200.000 / 12 ........................ $100.000
   SAC s/ integración: $720.000 / 12 ......................... $60.000

5) VACACIONES PROPORCIONALES NO GOZADAS
   Antigüedad 4-5 años → 21 días corridos por año
   Días trabajados en 2026 (01/01 al 12/09) = 255
   Días de vacaciones devengados: 21 × 255 / 365 ≈ 14,67 días
   Valor día: $1.200.000 / 25 = $48.000
   $48.000 × 14,67 .......................................... $704.160
   SAC s/ vacaciones: $704.160 / 12 .......................... $58.680

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TOTAL LIQUIDACIÓN FINAL ................................. $9.086.796
   (Indemnizatorio art. 245+232+233: $7.920.000)
   (Salarial: SAC + vacaciones + SAC accesorios: $1.166.796)
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Un par de aclaraciones sobre este número. Faltarían sumar los días trabajados de septiembre hasta el día 12 (el sueldo del período en sí, distinto de la integración), que se liquidan aparte como haber del mes. Y si hubiese habido falta de registración o el despido se hubiera dado en condiciones que disparan agravantes vigentes, el total podría subir. Pero como esqueleto de cálculo, esta es la estructura completa.

Errores que inflan o desinflan la cuenta

Después de ver liquidaciones mal hechas, los tres tropiezos que más se repiten:

  • Redondear la antigüedad para abajo. La fracción mayor a tres meses suma un año entero. Ignorarla es la diferencia entre pagar 4 o 5 sueldos.
  • Promediar el sueldo en lugar de tomar el mejor. El art. 245 dice "mejor", no "promedio". Promediar siempre subestima la base.
  • Olvidar el SAC accesorio. El aguinaldo proporcional sobre el preaviso, la integración y las vacaciones no gozadas se omite seguido, y son varios miles de pesos.

Mi opinión, sin vueltas: el rubro que más juicios genera no es la indemnización del 245 —esa es aritmética— sino la base de cálculo. Una empresa que paga parte del sueldo en negro descubre que, en un juicio, el juez toma la remuneración real probada, no la registrada. Liquidar sobre un sueldo dibujado es la forma más cara de "ahorrar".

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la indemnización por despido sin causa en Argentina? Se suman cinco rubros: indemnización por antigüedad (un mes de la mejor remuneración por año o fracción mayor a 3 meses, art. 245 LCT), indemnización sustitutiva de preaviso (art. 232), integración del mes de despido (art. 233), SAC proporcional y vacaciones proporcionales no gozadas. La base de todos es la mejor remuneración mensual, normal y habitual.

¿Cuántos meses de sueldo corresponden por antigüedad? Un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses. Quien trabajó 4 años y 4 meses cobra 5 meses, porque esos 4 meses superan el trimestre y cuentan como un año entero. El piso mínimo es un mes de sueldo.

¿Qué es la integración del mes de despido? Es el pago de los días que faltan hasta fin de mes cuando el cese ocurre un día que no es el último del mes. Si despiden el día 12, se pagan los 18 días restantes de ese mes como si se hubieran trabajado, según el art. 233 LCT.

¿El aguinaldo se suma a la base de la indemnización del art. 245? Según el criterio mayoritario de la jurisprudencia argentina, no. El SAC no integra la base del art. 245. Sí corresponde liquidar el SAC proporcional como rubro aparte, e incluso el SAC sobre el preaviso y las vacaciones no gozadas.

¿Qué pasa si el sueldo es muy alto y supera el tope del convenio? El art. 245 fija un tope: la base no puede superar tres veces el promedio de las remuneraciones del convenio colectivo. Aun así, el fallo Vizzoti de la Corte Suprema impide reducir la base en más del 33% de la mejor remuneración real del trabajador.

¿La indemnización por despido paga aportes o impuestos? Los rubros indemnizatorios (arts. 245, 232 y 233) no están sujetos a aportes ni a Ganancias por la indemnización por antigüedad. Los rubros salariales como SAC y vacaciones no gozadas sí tributan según las reglas generales. Conviene confirmarlo con el asesor contable por los detalles del momento.


Calcular una liquidación por despido no es magia: es saber qué rubros entran, cuál es la base y aplicar la LCT con cuidado en las fracciones. El número grande casi siempre se decide en detalles chicos —un mes redondeado, un SAC accesorio olvidado, un sueldo mal registrado—. Si llevás antigüedad, sueldos y vacaciones de tu equipo ordenados desde el primer día, el día del despido la cuenta sale en minutos y sin sorpresas. Probá Emplyx para gestionar tu personal en Argentina y dejá de reconstruir liquidaciones a las apuradas un viernes a la tarde.