Un cliente del rubro gastronómico me preguntó hace poco si con la Ley Bases ya podía "despedir sin pagar indemnización". Respuesta corta: no, eso no existe. La larga es más interesante. La Ley 27.742 tocó el régimen del despido, pero no lo voló: cambió piezas, abrió opciones y dejó varias cosas dependiendo de la letra chica. Acá te explico qué cambió de verdad en el despido para una PyME argentina, qué sigue igual y qué todavía está atado a reglamentación o a que tu convenio lo adopte.
El régimen del despido antes de la Ley Bases
Para entender el cambio hay que tener claro el punto de partida. En la Argentina, el despido sin causa de un trabajador registrado dispara un paquete de pagos previsto en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT, Ley 20.744):
- Indemnización por antigüedad (art. 245 LCT): un mes de la mejor remuneración mensual, normal y habitual por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses.
- Preaviso: 15 días, uno o dos meses según antigüedad, o su pago sustitutivo.
- Integración del mes de despido: los días que faltan hasta fin de mes.
- SAC y vacaciones proporcionales: aguinaldo y vacaciones no gozadas.
Ese esquema —indemnización tarifada, calculada sobre el sueldo y la antigüedad— es el corazón del despido argentino desde hace décadas. La Ley Bases no lo derogó. Lo que hizo fue otra cosa.
Qué introdujo la Ley Bases en materia de despido
La Ley 27.742, conocida como Ley Bases, promulgada en julio de 2024, modificó decenas de artículos de la LCT. En lo que toca al despido y al costo de desvincular, hay tres cambios que importan a una PyME.
1. El Fondo de Cese Laboral como alternativa al art. 245
Este es el cambio más comentado y el más malentendido. La Ley Bases habilitó a que, mediante la negociación colectiva, se pueda sustituir la indemnización del art. 245 LCT por un Fondo de Cese Laboral.
La lógica es la del sistema que ya rige para la construcción (UOCRA): en lugar de pagar una indemnización tarifada al momento del despido, el empleador hace aportes mensuales a un fondo. Cuando el vínculo termina, el trabajador retira lo acumulado. Convierte un pago grande e incierto en una cuota mensual previsible.
Ahora, lo importante, y donde mucha gente se confunde: el Fondo de Cese no reemplazó automáticamente a la indemnización. No es que desde la sanción de la ley ya nadie cobra el art. 245. Para que aplique tiene que darse una cadena de condiciones:
- Que el convenio colectivo de tu actividad lo adopte expresamente.
- Que exista la reglamentación correspondiente que defina cómo funciona el fondo, quién lo administra y cómo se aportan los fondos.
- Que el empleador opte por ese régimen en los términos que fije la norma.
Mientras tu convenio no lo incorpore, el despido en tu empresa se sigue rigiendo por la indemnización clásica del art. 245. No te confíes de titulares: revisá tu CCT antes de planificar nada.
2. Ampliación del período de prueba
Acá sí hay un cambio de aplicación más directa. La Ley Bases amplió el período de prueba, que históricamente era de 3 meses.
Durante el período de prueba, cualquiera de las partes puede extinguir el vínculo sin expresión de causa y sin obligación de pagar la indemnización por antigüedad (sí corresponden preaviso y los conceptos proporcionales). Un período de prueba más largo significa una ventana más amplia para que el empleador decida si confirma o no al trabajador sin asumir el costo indemnizatorio pleno.
Es un alivio real para la PyME que contrata y no quiere quedar atrapada en un costo de salida alto si la incorporación no funciona. Pero ojo: el período de prueba no es un cheque en blanco. El trabajador sigue registrado, con aportes, ART y todos los derechos del vínculo. No es contratación informal con otro nombre.
3. Régimen de regularización del empleo no registrado
La Ley Bases incorporó un régimen de regularización de empleo no registrado: un esquema para que el empleador que tiene trabajadores "en negro" o mal registrados pueda blanquearlos, con condonación de deudas y de infracciones bajo ciertas condiciones.
¿Qué tiene que ver esto con el despido? Mucho. En la Argentina, buena parte de los juicios laborales caros no nacen del despido en sí, sino de la falta o deficiencia de registración: antigüedad real mayor a la declarada, sueldo parcialmente en negro, fecha de ingreso falseada. Eso multiplicaba la indemnización y disparaba multas. El régimen de regularización apunta a cerrar esa puerta: si blanqueás la relación, reducís la exposición a esos reclamos.
La Ley Bases además eliminó o redujo varias multas asociadas a la registración deficiente que encarecían el despido de un trabajador mal registrado. El despido de alguien correctamente registrado desde el día uno siempre fue más barato y más predecible que el de alguien con una historia laboral turbia. Eso la reforma lo refuerza.
Lo que NO cambió
Tan importante como lo que cambió es lo que sigue igual, porque ahí es donde se generan los malentendidos:
- La indemnización del art. 245 LCT sigue vigente como régimen general. Mientras tu convenio no adopte el Fondo de Cese, despedir sin causa cuesta lo de siempre.
- El despido con causa sigue existiendo y sigue siendo discutible: la causa la sigue evaluando el juez, y un despido con causa mal documentado se transforma en uno sin causa con costo pleno.
- El preaviso, la integración del mes y los proporcionales no se tocaron.
- La protección frente a despidos discriminatorios (por embarazo, matrimonio, actividad sindical) sigue intacta.
La Ley Bases bajó algo el costo y la incertidumbre del despido, pero no convirtió a la Argentina en un país de despido libre. Quien venda eso, miente o no leyó la ley.
Qué tiene que mirar una PyME hoy
Si gestionás personal en Argentina en 2026, esto es lo concreto:
- Leé tu convenio colectivo. Es la única forma de saber si el Fondo de Cese te aplica o si seguís bajo el art. 245. Si tu actividad no tiene CCT con Fondo de Cese, el régimen indemnizatorio clásico es tu realidad.
- Aprovechá el período de prueba bien. Una incorporación dentro del período de prueba, con evaluación documentada, te da margen real. Si vas a desvincular, hacelo en plazo y con los proporcionales liquidados.
- Registrá bien desde el día uno. La fecha de ingreso real, el sueldo completo, la categoría correcta. Es la mejor póliza contra un juicio caro. Y si tenés relaciones mal registradas, evaluá el régimen de regularización con tu contador.
- Documentá todo. Antigüedad, recibos, sanciones, comunicaciones. El 80% de lo que encarece un despido en juicio es prueba que el empleador no tenía a mano.
Tener la antigüedad, las categorías y los salarios ordenados no es un lujo administrativo: es lo que separa un despido previsible de una sorpresa judicial. Un sistema de gestión de personal te mantiene esos datos al día y trazables, que es justo lo que un juez te va a pedir.
Vigente vs. pendiente: el cuadro al 2026
| Cambio | Estado |
|---|---|
| Período de prueba ampliado | Vigente, aplicación directa |
| Reducción de multas por registración deficiente | Vigente |
| Régimen de regularización de empleo no registrado | Vigente, con condiciones y plazos definidos por la norma |
| Fondo de Cese Laboral en reemplazo del art. 245 | Habilitado por ley, pero depende de reglamentación y de que el CCT lo adopte |
| Indemnización del art. 245 LCT | Sigue siendo el régimen general vigente |
Mi lectura, después de ver cómo lo viven las PyMEs: el cambio más útil en el corto plazo no es el Fondo de Cese —que para la mayoría todavía es teoría—, sino el período de prueba más largo y el incentivo a registrar bien. Lo aburrido, lo de siempre: registrar correcto y documentar. Eso baja el costo del despido más que cualquier titular.
Preguntas frecuentes
¿La Ley Bases eliminó la indemnización por despido en Argentina? No. La indemnización por antigüedad del art. 245 LCT sigue vigente como régimen general. La Ley Bases habilitó que la negociación colectiva pueda sustituirla por un Fondo de Cese Laboral, pero eso solo aplica si el convenio colectivo de la actividad lo adopta y existe la reglamentación correspondiente.
¿Qué es el Fondo de Cese Laboral? Es un sistema en el que, en lugar de pagar una indemnización tarifada al momento del despido, el empleador realiza aportes mensuales a un fondo que el trabajador retira cuando termina el vínculo. Funciona de forma parecida al régimen de la construcción. Convierte un pago grande e incierto en una cuota mensual previsible, pero no es automático: depende del convenio colectivo y de la reglamentación.
¿Cuánto dura el período de prueba después de la Ley Bases? La Ley Bases amplió el período de prueba respecto de los 3 meses históricos. Durante ese lapso cualquiera de las partes puede extinguir el vínculo sin causa y sin pagar la indemnización por antigüedad, aunque sí corresponden el preaviso y los conceptos proporcionales. El plazo concreto y sus condiciones surgen de la Ley 27.742 y su reglamentación.
¿Qué es el régimen de regularización de empleo no registrado? Es un esquema incorporado por la Ley Bases para que los empleadores con trabajadores no registrados o mal registrados puedan regularizar la situación, con condonación de deudas e infracciones bajo ciertas condiciones. Reduce la exposición a juicios por antigüedad o salario no declarados.
¿Despedir un empleado es más barato con la Ley Bases? Puede serlo en algunos casos: el período de prueba más largo y la reducción de multas por registración deficiente bajan el costo de salida. Pero el despido sin causa de un trabajador con antigüedad sigue costando la indemnización del art. 245 LCT mientras el convenio no adopte el Fondo de Cese. No existe el despido sin costo.
¿El despido con causa cambió con la Ley Bases? El despido con causa sigue rigiéndose por la LCT y la causa la sigue evaluando un juez. Un despido con causa mal documentado o sin prueba suficiente se transforma en un despido sin causa con el costo indemnizatorio pleno.
El despido tras la Ley Bases en Argentina cambió, pero no en la dirección del titular fácil. No hay despido gratis: hay un período de prueba más largo, multas más bajas para quien registra mal, un camino para blanquear y la posibilidad —todavía mayormente en el papel— de cambiar la indemnización por un Fondo de Cese si tu convenio lo adopta. Lo que decide cuánto te cuesta desvincular sigue siendo lo de siempre: registrar bien desde el primer día y tener la documentación en orden. Para eso, revisá tu guía de gestión laboral en Argentina y consultá con tu asesor el alcance real de la Ley 27.742 en tu actividad.