Un dueño de tres bocas de venta de indumentaria me planteó el problema así: "Tengo 14 empleados, todos de comercio, y cada mes el presentismo es una pelea. Uno llegó tarde tres veces, otro dice que no, y yo no tengo cómo probarlo". Ese es el agujero real de la mayoría de los comercios de Argentina. El Convenio Colectivo de Trabajo de Empleados de Comercio —el famoso CCT 130/75— le pone reglas finas a la jornada, al presentismo y a los adicionales, pero después nadie tiene el papel que respalde esas reglas. Acá te explico qué exige el convenio y por qué llevar bien el registro de jornada deja de ser un trámite para volverse tu defensa.
El CCT 130/75 y por qué te toca a vos
El Convenio Colectivo 130/75 es el que encuadra a la actividad mercantil: comercios minoristas, mayoristas, depósitos, administración de empresas comerciales. Es de los convenios más usados del país —cubre a buena parte de los empleados privados— y lo administran la FAECYS y las cámaras empresarias del sector.
Si tu local vende ropa, electrodomésticos, alimentos, ferretería o casi cualquier cosa al público, lo más probable es que tu personal de vendedores, cajeros y administrativos esté dentro de este convenio. Y eso arrastra tres cosas que dependen del control de presencia:
- La jornada y su tope diario y semanal.
- El adicional por presentismo del art. 40 del convenio.
- Las horas extras, que en el comercio aparecen seguido por el horario amplio.
Ninguna de las tres se puede liquidar bien sin saber, con certeza, quién entró, a qué hora y cuántas horas hizo.
La jornada en el comercio: dónde está el límite
La base la marca la Ley 11.544 de jornada de trabajo y la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) 20.744: el tope general es de 8 horas diarias o 48 semanales. El CCT 130/75 trabaja dentro de ese marco y la jornada habitual del empleado de comercio ronda esos parámetros, con la distribución que el comercio acuerde.
El problema del comercio no es el número, es la forma. Un local con horario corrido de 9 a 21, sábados incluidos, no se cubre con un solo empleado de 8 horas. Necesitás:
- Turnos partidos o turnos cortados que cubran apertura y cierre.
- Refuerzos en horas pico: mediodía, tarde de viernes, sábados.
- Rotación para los descansos semanales sin dejar la caja sola.
Cada vez que armás ese rompecabezas, estás repartiendo horas. Y si no registrás cuántas hizo cada uno, no sabés si alguien se pasó del tope —lo que dispara horas extras— o si quedó corto. La planificación de turnos y el control de asistencia son dos caras de lo mismo: una decide, la otra verifica.
Lo que yo haría: empezar por acá, porque el comercio es el sector donde más se subestima el registro horario. Como "el local está siempre abierto", se asume que todos cumplen. Después llega un reclamo por horas extras de dos años para atrás y no hay un solo dato para discutirlo.
El adicional por presentismo del art. 40: el que más cuesta liquidar
Acá está el corazón del asunto. El art. 40 del CCT 130/75 establece un adicional por presentismo: un porcentaje extra sobre la remuneración que el empleado cobra cuando cumple con la asistencia y la puntualidad del mes. Es un adicional propio del convenio de comercio, pensado para premiar al que viene y llega en horario.
El detalle fino —cuántas llegadas tarde lo hacen perder, qué ausencias lo afectan, cómo juegan las licencias justificadas— depende de la redacción vigente del convenio y de sus acuerdos paritarios, así que conviene chequearlo contra el texto actualizado antes de cada liquidación. Pero el principio es siempre el mismo: el presentismo se gana o se pierde según la asistencia real del empleado.
Y ahí aparece el problema operativo. Para liquidar bien ese adicional necesitás responder, empleado por empleado y mes por mes:
- ¿Faltó algún día? ¿Estaba justificado?
- ¿Llegó tarde? ¿Cuántas veces y cuántos minutos?
- ¿Las llegadas tarde superan el límite que hace caer el adicional?
Si esos datos viven en la cabeza del encargado o en un cuaderno, cada liquidación es una negociación. El empleado dice una cosa, el encargado otra, y vos pagás de más por las dudas o pagás de menos y te ganás un reclamo. Un registro de jornada con la hora exacta de cada fichada convierte esa discusión en un dato: el sistema muestra las marcas del mes y el adicional se liquida sobre hechos, no sobre memoria.
Si querés ver cómo se ordena esto en la práctica, mirá nuestra guía de control horario para PyMEs y cómo se arma una planificación de turnos sin Excel.
Horas extras: el otro número que el fichaje respalda
El horario comercial amplio empuja naturalmente a las horas extras. Un sábado largo, un cierre que se estira por inventario, un refuerzo de fin de mes. La LCT manda recargo: 50% para las horas extras comunes y 100% para las realizadas en sábado después de las 13, domingos y feriados.
El recargo es claro. Lo que casi nunca está claro es cuántas horas extras hizo realmente cada uno. Sin registro:
- El empleado reclama más de las que hizo.
- O vos liquidás "a ojo" y quedás expuesto si la cifra real era mayor.
- O directamente no se pagan, y eso es deuda que se acumula con intereses.
La hora de entrada y de salida fichada es la prueba madre. Con eso, las horas que exceden la jornada pactada salen solas y el recargo se aplica sobre un dato verificable. En una inspección o en un juicio, el que tiene el registro discute desde la evidencia; el que no lo tiene, discute desde la nada.
Por qué el registro te protege, no solo te ordena
Hay una diferencia entre llevar el control de asistencia para que el local funcione y llevarlo para cubrirte. Las dos cosas valen, pero la segunda es la que más te conviene entender.
Cuando un empleado de comercio se desvincula —o cuando una inspección golpea la puerta— la pregunta es siempre la misma: probá lo que decís. Probá que el presentismo lo perdió porque faltó. Probá que las horas extras eran esas y no más. Probá que la jornada estaba dentro del tope. La carga de mostrar esa información, en la práctica, recae sobre el empleador.
Un sistema de fichaje con marcas individuales por empleado te da exactamente eso: un historial que nadie editó después, con fecha y hora. No es un lujo de empresa grande. Es la diferencia entre defenderte con papeles y defenderte con suposiciones. Para el comercio chico, donde el margen ya es fino, perder un reclamo por no tener un dato es de los golpes más evitables que hay.
Cómo armar el control de asistencia en un comercio
Sin complicarla, el orden lógico es este:
- Definí los turnos según horario de apertura, días pico y descansos. Que esté claro quién cubre qué franja.
- Registrá cada entrada y salida de forma individual. Da igual el método —app, PIN, huella— mientras quede registro con hora.
- Cruzá el registro con la liquidación: presentismo del art. 40, horas extras y jornada salen del mismo dato.
- Guardá el historial: el registro de meses anteriores es lo que te respalda ante un reclamo retroactivo.
- Revisá los desvíos a tiempo: si alguien acumula llegadas tarde, hablalo ese mes, no en la liquidación.
El comercio que hace esto deja de discutir el presentismo todos los meses. La info está, es la misma para todos, y la conversación con el empleado pasa a ser sobre un dato y no sobre quién tiene mejor memoria.
Preguntas frecuentes
¿El CCT 130/75 obliga a llevar control de asistencia en el comercio? El convenio no impone una tecnología puntual de fichaje, pero sí establece un adicional por presentismo (art. 40), límites de jornada y recargos por horas extras. En la práctica, esos conceptos no se pueden liquidar correctamente sin un registro de asistencia confiable, y la prueba de la jornada recae sobre el empleador.
¿Cómo se calcula el adicional por presentismo del art. 40? Es un porcentaje sobre la remuneración que el empleado de comercio cobra cuando cumple con la asistencia y puntualidad del mes. Las condiciones exactas —llegadas tarde toleradas, ausencias que lo afectan— dependen del texto vigente del CCT 130/75 y sus acuerdos paritarios, así que conviene chequearlo antes de cada liquidación.
¿Cuál es la jornada máxima de un empleado de comercio? La Ley 11.544 fija el tope general de 8 horas diarias o 48 semanales, marco dentro del cual se mueve la jornada del CCT 130/75. Lo que exceda la jornada pactada se liquida como hora extra con el recargo de la LCT.
¿Qué recargo tienen las horas extras en el comercio? La LCT establece 50% de recargo para las horas extras comunes y 100% para las realizadas los sábados después de las 13, domingos y feriados. El fichaje de entrada y salida es la base para saber cuántas horas extras se hicieron realmente.
¿Cómo respalda el fichaje los refuerzos en horas pico y los sábados? Cada refuerzo de mediodía, viernes a la tarde o sábado implica horas asignadas a alguien. El registro individual de esas marcas permite saber si ese empleado quedó dentro de su jornada o pasó a horas extras, y liquidar en consecuencia.
¿Sirve un cuaderno de planilla para registrar la asistencia? Sirve como registro, pero es fácil de discutir y de completar después. Un sistema con marcas individuales por hora deja un historial difícil de objetar, que es lo que realmente te respalda ante un reclamo o una inspección.
¿Tu comercio liquida el presentismo del CCT 130/75 a ojo cada mes? Con un sistema de gestión de personal el registro de jornada, las horas extras y el adicional por presentismo salen del mismo dato, sin discusiones. Conocé Emplyx para comercios en Argentina y dejá de defenderte con la memoria. Para consultar el texto del convenio y la normativa, podés revisar la información oficial en argentina.gob.ar y el texto de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744.