El 5 de octubre de 2026 entra en vigor el Real Decreto 723/2026, que amplía la información que las empresas deben facilitar por escrito sobre las condiciones laborales. En gestión horaria, afecta a cómo se explican la jornada, los turnos, las vacaciones, las horas extraordinarias y los procedimientos para cambiar horarios.

La norma se publicó en el BOE del 15 de septiembre de 2026. Para una empresa, la tarea práctica es revisar qué información recibe cada trabajador, completar lo que falta y conservar constancia de su entrega. Consultar el Real Decreto 723/2026 en el BOE.

Publicación en el BOE

15 septiembre

2026 · Norma publicada

Entrada en vigor

5 octubre

2026 · Nuevas obligaciones de información

1. Qué información sobre jornada y horarios debe recibir el trabajador

El artículo 3 exige informar sobre las condiciones del tiempo de trabajo. El documento debe permitir conocer:

  1. La duración y distribución de la jornada diaria, semanal y anual, identificando el trabajo nocturno o por turnos cuando corresponda.
  2. Cómo pueden cambiar los horarios o los turnos: supuestos y procedimientos para modificar la duración o distribución de la jornada.
  3. Los acuerdos sobre horas extraordinarias y su retribución.
  4. La duración de las vacaciones y el procedimiento para fijar sus fechas.
  5. Las reglas de distribución irregular, cuando exista: días y horas de referencia, preavisos y, para fijos discontinuos, periodos de actividad e inactividad o su estimación.

La obligación se entiende cumplida si la información ya figura en el contrato escrito que tiene el trabajador. Si está incompleta, la empresa debe facilitar lo que falta. Para determinados contenidos se admite una referencia precisa a la norma o al convenio aplicable; una mención genérica a «según convenio» puede no identificar suficientemente la regla. Artículo 3 del Real Decreto 723/2026.

2. A quién afecta y cuáles son los plazos desde el 5 de octubre

Las obligaciones generales de información del capítulo II se aplican a relaciones laborales de duración superior a cuatro semanas, con las particularidades que establece la norma para otros ámbitos.

  1. Nuevas incorporaciones: la información debe entregarse antes de empezar la relación laboral.
  2. Trabajadores que ya estaban contratados: si solicitan información que no tienen, la empresa dispone de treinta días hábiles desde la solicitud para facilitarla, según la disposición transitoria.
  3. Modificaciones posteriores: deben comunicarse cuanto antes y, como máximo, el día en que surtan efecto, sin sustituir otros preavisos o procedimientos exigibles. El artículo 5 contempla la excepción relativa a cambios de normas o convenios a los que se haya remitido válidamente la información.

Esto no significa que el 5 de octubre haya que firmar de nuevo todos los contratos. Hay que revisar su contenido y aplicar el régimen correspondiente a cada situación. Ámbito, plazos y régimen transitorio en el BOE.

3. Vacaciones y planificación: qué conviene adjuntar

Además del documento con las condiciones y los procedimientos, resulta útil adjuntar el calendario individual del periodo comunicado. Así, la persona puede relacionar las reglas de su jornada con sus turnos, descansos y vacaciones aprobadas.

Conviene separar las fechas concedidas de las solicitudes todavía pendientes, e indicar a qué día corresponde cualquier saldo de vacaciones incluido. El calendario debe reflejar la planificación publicada, no una propuesta interna que aún está pendiente de confirmar.

El documento también puede explicar cómo solicitar vacaciones, un cambio de horario o un intercambio, qué información debe aportar la persona y dónde consultar la respuesta. Estos pasos deben corresponder al procedimiento real de la empresa.

Un envío periódico no sustituye los preavisos. El Estatuto de los Trabajadores establece, entre otras reglas, que las fechas de vacaciones deben conocerse al menos dos meses antes de su disfrute y un preaviso mínimo de cinco días para la prestación resultante de la distribución irregular de jornada. Artículos 34 y 38 del Estatuto de los Trabajadores.

4. Cómo entregar la información laboral en formato electrónico

El Real Decreto admite papel o formato electrónico. En este último caso, la información debe ser accesible, permitir su almacenamiento e impresión y la empresa debe conservar prueba de la transmisión o recepción. Artículo 6 del Real Decreto 723/2026.

Un PDF permite reunir las condiciones, los procedimientos y los anexos en un documento que el trabajador pueda conservar. La empresa debe identificar a sus destinatarios y mantener la versión concreta entregada, especialmente cuando después cambien el horario o el calendario.

La recepción de información y la aceptación de una modificación contractual son actuaciones distintas y deben quedar descritas correctamente.

5. Prepara tu empresa para el 5 de octubre con Emplyx

Entrega la información laboral y recoge las firmas desde un mismo lugar. Con Emplyx puedes reunir los documentos de jornada, horarios, vacaciones y procedimientos de tu empresa, enviarlos a cada empleado y solicitar su firma electrónica sin coste.

Tu equipo recibe la documentación en su Portal, donde puede consultarla, descargarla y firmarla. Tú puedes seguir el estado de cada envío y tener localizados los documentos y las evidencias cuando necesites acreditar la comunicación.

De la información a la firma, en cuatro pasos
  1. 01

    Prepara

    Condiciones, horarios y vacaciones.

  2. 02

    Entrega

    Cada documento a su destinatario.

  3. 03

    Firma

    Firma electrónica sin coste.

  4. 04

    Conserva

    Documentos, estados y evidencias.

La empresa prepara el contenido. Emplyx facilita la entrega, la firma y el seguimiento.

  1. Toda la información que necesita cada empleado. Adjunta las condiciones de su jornada, su cuadrante y las vacaciones aprobadas, junto con las instrucciones para solicitar cambios.
  2. Firma electrónica sin coste. Solicita la firma de los documentos laborales desde Emplyx y consulta cuáles siguen pendientes.
  3. Seguimiento por persona. Revisa los estados de envío, lectura y firma para saber en qué punto está cada comunicación.
  4. Un historial al que acudir. Conserva las versiones entregadas y sus evidencias para consultar qué información se comunicó a cada trabajador.

La empresa prepara el contenido conforme a su convenio y a los plazos aplicables. Emplyx facilita su entrega, firma y seguimiento, tanto para nuevas incorporaciones como para comunicar cambios a la plantilla.

6. El Real Decreto 723/2026 también incluye otras condiciones laborales

La revisión puede aprovecharse para comprobar la información sobre puesto y funciones, salario y complementos, periodo de prueba, formación y procedimiento de extinción, entre otras materias. La norma contempla además información sobre determinados sistemas automatizados y políticas aplicables a la empresa.

El documento sobre horarios cubre una parte de estas obligaciones. La empresa debe revisar el conjunto de información exigible a su relación laboral. Contenido del artículo 3.

7. Preguntas frecuentes sobre el 5 de octubre de 2026

¿El 5 de octubre de 2026 entra en vigor el fichaje digital obligatorio?

El Real Decreto 723/2026 regula información sobre condiciones laborales. Esta fecha no debe presentarse como la entrada en vigor de una obligación general de fichaje exclusivamente digital. El registro diario de jornada se regula en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. Estatuto de los Trabajadores.

¿Hay que entregar un nuevo documento a toda la plantilla ese día?

La norma distingue nuevas incorporaciones, relaciones ya vigentes y cambios de condiciones. En la plantilla existente se aplica el régimen transitorio de solicitud de información faltante. Si el contrato ya contiene la información exigida, no es necesario duplicarla.

¿Es obligatorio firmar electrónicamente la comunicación de horarios y vacaciones?

El decreto exige información escrita y prueba de transmisión o recepción, pero no impone específicamente la firma electrónica. Emplyx permite firmar electrónicamente sin coste y conservar las evidencias dentro del circuito documental.

¿Emplyx redacta automáticamente toda la información jurídica?

La empresa prepara y revisa el contenido conforme a su situación y convenio. Emplyx permite adjuntarlo, entregarlo a los empleados y gestionar la solicitud de firma electrónica. Tener el documento firmado no sustituye la corrección de sus condiciones ni de sus plazos.

¿Se pueden adjuntar las vacaciones y el cuadrante individual?

Sí. Pueden incorporarse a la documentación entregada, identificando el periodo y separando las vacaciones aprobadas de las solicitudes pendientes.

Prepara la comunicación a tu plantilla para el 5 de octubre. Solicita una demo de Emplyx y descubre cómo entregar la documentación laboral, recoger las firmas electrónicas sin coste y consultar su seguimiento desde un mismo lugar.

Fuentes: Real Decreto 723/2026, publicado en el BOE del 15 de septiembre de 2026 y Estatuto de los Trabajadores. Información revisada el 27 de septiembre de 2026.