Son las 9:40 de la noche y le entra un mensaje de WhatsApp del jefe: "oye, ¿me checas esto rápido?". El trabajador hace home office, así que técnicamente "ya está en su casa". Esa frontera borrosa entre estar en casa y estar disponible es exactamente lo que vino a ordenar la NOM-037. No es un detalle de buenas maneras: es una obligación con respaldo legal.

Desde 2021 la Ley Federal del Trabajo tiene un capítulo entero dedicado al teletrabajo, y en 2023 se publicó la norma que lo aterriza en piso. Te explico qué cambia para el patrón y por qué el control de horario dejó de ser opcional cuando hay personal a distancia.


Qué dice la ley sobre desconectarse del trabajo

El derecho a apagar el celular al terminar la jornada no es una idea suelta. Está escrito.

El artículo 330-E de la LFT

El capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo regula el teletrabajo desde la reforma de enero de 2021. El artículo 330-E lista las obligaciones del patrón con personal a distancia, y una de ellas es directa: respetar el derecho a la desconexión del teletrabajador al término de la jornada.

En palabras simples: cuando el horario pactado termina, el patrón no puede exigir que el trabajador conteste correos, mensajes ni llamadas de trabajo. El teletrabajador tiene derecho a no estar disponible. Y ese derecho no depende de la buena voluntad del jefe, es exigible.

La NOM-037-STPS-2023

La norma oficial mexicana NOM-037-STPS-2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación en junio de 2023 y con entrada en vigor en diciembre de ese año, es la que pone reglas concretas de seguridad y salud para el teletrabajo. Obliga al patrón a llevar una política de teletrabajo por escrito que incluya, entre otras cosas, los mecanismos para garantizar la desconexión.

O sea: la NOM-037 no se conforma con que el patrón "respete" la desconexión en abstracto. Pide que esté documentada cómo se respeta. Una política que solo diga "el trabajador tiene derecho a desconectarse" sin definir el horario ni cómo se controla, en una inspección de la STPS sirve de poco.

Lo que veo en la práctica: la mayoría de las empresas que mandaron gente a home office en 2020 y 2021 nunca formalizaron nada. Siguen operando con la idea de que el teletrabajo es "lo mismo pero desde la casa". No lo es. Es un régimen con obligaciones propias.

Qué le obliga la norma al patrón

El paquete LFT más NOM-037 le pone al patrón obligaciones concretas cuando hay teletrabajo:

  • Pactar el teletrabajo por escrito: contrato o adenda que especifique la modalidad, no un acuerdo verbal.
  • Definir el horario de la jornada: a qué hora empieza y a qué hora termina el trabajo a distancia.
  • Respetar ese horario: no exigir tareas, respuestas ni disponibilidad fuera de la jornada pactada.
  • Llevar una política de teletrabajo escrita con los mecanismos de desconexión, conforme a la NOM-037.
  • Registrar el tiempo de trabajo del teletrabajador, igual que con el personal presencial.

Ese último punto es el que muchos pasan por alto. El artículo 330-E también obliga a llevar registro de las horas trabajadas a distancia. No es un capricho: sin registro no hay manera de saber cuándo termina la jornada, y sin eso el derecho a la desconexión se vuelve aire.

Por qué la disponibilidad permanente sale cara

Hay una idea instalada de que el empleado de home office "siempre está localizable". Es justo lo que la norma combate. Si el patrón le manda chamba a las 10 de la noche y el trabajador la hace, eso es tiempo de trabajo. Y el tiempo de trabajo fuera de la jornada ordinaria es tiempo extraordinario, con la sobreprima que marca el artículo 67 de la LFT: las primeras nueve horas extra a la semana al doble, de la décima en adelante al triple.

El patrón que normaliza el "te escribo cuando se ofrezca" está acumulando, sin darse cuenta, un pasivo laboral. El día que ese trabajador reclame, los chats con hora y fecha son la prueba. Vi el caso de cerca: un reclamo por horas extra de teletrabajo se sostiene casi solo con las capturas del celular.

Cómo el registro de jornada protege la desconexión

Aquí está el punto que cierra todo. La desconexión digital no se garantiza con un texto bonito en la política de teletrabajo. Se garantiza sabiendo, con precisión, cuándo empieza y cuándo termina la jornada de cada persona.

El horario marca dónde acaba la obligación

Si la jornada de un teletrabajador es de 9:00 a 18:00, su derecho a la desconexión arranca a las 18:01. Antes de esa hora está obligado a trabajar; después, no. Suena obvio, pero sin un horario registrado y verificable esa línea no existe, y lo que no existe no se puede defender.

Un sistema de registro de jornada hace tres cosas que un acuerdo verbal nunca va a hacer:

  1. Deja constancia del horario pactado de cada teletrabajador, con respaldo digital.
  2. Registra entrada y salida reales desde el celular o la computadora, con hora y fecha.
  3. Documenta el cumplimiento ante una inspección de la STPS sin que el patrón ande buscando papeles sueltos.

Control horario claro, menos conflictos

Cuando el horario está registrado y es visible para ambas partes, la conversación cambia. El trabajador sabe que a las 18:00 cerró y no le pueden reclamar nada. El patrón sabe que si necesita que alguien trabaje más, eso es tiempo extra y se paga como tal, no se "pide de favor". La ambigüedad es la que genera abusos y reclamos; el registro la elimina.

En Emplyx el teletrabajador checa entrada y salida desde su celular con geolocalización, el patrón define el horario de cada persona y el sistema avisa cuando alguien se acerca o rebasa su jornada. Esa alerta es, en la práctica, un recordatorio de que toca desconectar. Para entender cómo encaja con la nueva reforma de jornada de 40 horas, conviene ver las dos cosas juntas: menos horas semanales y registro a distancia van de la mano.

Un detalle que muchos patrones agradecen: el reporte del sistema sirve igual para el personal presencial y para el de home office. No hay que llevar dos contabilidades del tiempo. El control de asistencia es uno solo, con o sin oficina de por medio.


Preguntas frecuentes

¿Qué es el derecho a la desconexión digital?

Es el derecho del teletrabajador a no atender comunicaciones de trabajo (correos, mensajes, llamadas) fuera de su jornada laboral pactada. Está reconocido en el artículo 330-E de la Ley Federal del Trabajo y reforzado por la NOM-037-STPS-2023.

¿La NOM-037 aplica a todas las empresas?

Aplica a todo centro de trabajo que tenga personal bajo la modalidad de teletrabajo, es decir, que preste más del 40% de su jornada desde un lugar distinto al centro de trabajo del patrón. Si tienes aunque sea una persona en home office formal, la norma te aplica.

¿El patrón puede mandar mensajes fuera del horario?

Mandar un mensaje no está prohibido en sí, pero el trabajador no está obligado a responderlo hasta su siguiente jornada. Si el patrón exige que se atienda fuera de horario, eso genera tiempo extraordinario y debe pagarse con la sobreprima del artículo 67 de la LFT.

¿Cómo se registra la jornada de alguien que trabaja desde casa?

Con un sistema de control horario que permita checar entrada y salida de forma remota, por geolocalización o desde la aplicación. El artículo 330-E obliga al patrón a registrar el tiempo de trabajo del teletrabajador, igual que con el personal presencial.

¿Qué pasa si no tengo política de teletrabajo por escrito?

La NOM-037 obliga a contar con una política de teletrabajo documentada. No tenerla es un incumplimiento que puede derivar en observaciones o sanciones de la STPS en una inspección, además de dejar al patrón sin defensa ante un reclamo por horas extra.

¿La desconexión digital aplica al personal de confianza?

Sí. El régimen de teletrabajo de la LFT no distingue entre personal de planta y de confianza. Si un gerente o jefe de área trabaja a distancia, también tiene derecho a la desconexión y su jornada debe registrarse.


El home office sin reglas le sale caro al patrón

El teletrabajo dejó de ser un arreglo informal. La NOM-037 y el artículo 330-E lo convirtieron en un régimen con obligaciones claras, y la desconexión digital es una de las más concretas. El patrón que sigue operando con la lógica de "siempre disponible" está acumulando pasivo laboral sin verlo.

La forma de cumplir no es prometer respeto al horario: es registrarlo. Un control de jornada claro define dónde termina la obligación del trabajador y protege también al patrón ante cualquier reclamo. Para dejar listo el registro de tu personal a distancia, prueba Emplyx y configura el horario de cada teletrabajador desde el primer día.